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El afán de los bancos que operan en México por recuperar los préstamos vencidos en tarjetas de crédito ha disparado el acoso contra los deudores pero en el artículo 17 de la Constitución establece: “Nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil” ademas que hay 2 puntos interesantes: 1. La Corte declaró inconstitucional la entrega de cartera vencida a empresas de cobranza en el 2007 y 2. La restructuracion es negocio ventajoso ya que a mayor plazo mayor tasa... osea, no restructuren tequileros!!!
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