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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó un artículo de la legislación del estado de Campeche que prohibía de manera absoluta la adopción de menores de edad a las parejas del mismo sexo o de hombre y mujer que decidían unirse mediante una sociedad de convivencia, por considerar que dicha restricción era discriminatoria y contraria al interés superior del niño.