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1) Se trata de un caso sin precedentes en el que no existen disposiciones en los cuerpos regulatorios aplicables a ese procedimiento de titulación. Se solicitó una consulta técnica a la Universidad Nacional Autónoma de México para que confirme por escrito este criterio.
2) El Reglamento General de nuestra institución no es aplicable a ex alumnos.
3) Estamos frente a un acto consumado sobre el que es imposible proceder en ningún sentido.