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Un juzgado federal de la ciudad de México declaró inconstitucional un artículo del código civil del Distrito Federal que ordena asentar en el acta de nacimiento primero el apellido paterno y luego el materno. Al conceder un amparo, el juzgado segundo de distrito en materia administrativa de la ciudad de México concedió la protección de la justicia federal a unos padres de familia a los que les fue negado registrar a sus hijas menores de edad con el apellido materno de la madre en primer lugar y el apellido paterno del padre en segundo término. El juzgado dijo que el artículo 58 del código civil del Distrito Federal es inconstitucional porque viola los principios de igualdad así como el derecho humano a la no discriminación y a gozar de un nombre de un propio.
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esparta, 9 years ago
Buena noticia para los dejados y pusilánimes.
Facso, 9 years ago
Con razon te fuiste del país antes de que te pudieran obligar a esto.
esparta, 9 years ago
No puedo ni negar, ni afirmar nada sobre el tema.
Crater, 9 years ago
¿Ni tu tierra de origen?
esparta, 9 years ago
Y LOS GOLES?
jaec, 9 years ago
*Esto le gusta a Alejandro González Iñárritu*